Entre los aspectos mas resaltantes de esta normativa publicada en Gaceta Oficial No. 41.667 de fecha 03 de julio de 2019, se encuentran los siguientes:
- Gravará a las personas naturales, cuyo patrimonio sea igual o superior a las 36.000.000 de unidades tributarias.
- Gravará a las personas jurídicas, cuyo patrimonio sea igual o superior a las 10.000.000 de unidades tributarias.
- La alícuota impositiva va del 0,25% al 1,50% del valor del patrimonio neto conforme las disposiciones de la propia ley, si embargo, en sus disposiciones finales establece que hasta tanto el ejecutivo nacional no establezca lo contrario será de 0,25% lineal.
A continuación dejamos disponible para su descarga la Ley referida: